Vamos con una duda que tendrá toda persona que quiera una furgo, se la haya comprado o vaya a alquilarla por unos días: ¿puedo dormir donde quiera? ¿Qué ley regula esto? La preguntita se las trae, ya que es uno de los temas más polémicos del mundo furgonetero. Para que no haya dudas de ningún tipo, os vamos a enseñar algunos conceptos clave, cómo está el tema en España, os daremos algunos consejitos para evitar líos y también os dejaremos listas las leyes de las que tendréis que echar mano en caso de que un agente de la autoridad quiera venir a poneros una multa.
Tabla de contenidos
¿Qué es acampar y qué es estacionar?
Empecemos por algo básico: no es lo mismo dormir en un camping o en un área de autocaravanas que hacerlo por libre. Si tu idea es dormir siempre en zonas pertenecientes al primer grupo, puedes dejar de leer en este momento: jamás tendrás un problema, simplemente tendrás que pagar la tarifa que toque y listo.
En cambio, si tu idea es dormir en medio de la naturaleza o en lugares que no sean de pago, tienes que tener en cuenta que el tema no es tan sencilla. En primer lugar, tienes que tener claro lo que significan y en qué se diferencian estos dos conceptos: acampar y estacionar.
Acampar: ojito con las leyes locales
¿Qué es acampar? Si tú llegas con tu furgoneta a un sitio y haces alguna de las siguientes cosas, estarás acampando:
- Sacar mesas y sillas
- Poner un toldo
- Abrir ventanas al exterior
- Verter fluidos
- Hacer ruidos
Si acampas, tu vehículo y tú estaréis bajo la legislación del municipio, y prácticamente todos prohíben esta actividad fuera de los lugares habilitados para ello. Dicho de otro modo: si haces esto fuera de un camping o un área de autocaravanas, lo más normal es que venga el policía de turno y (con la ley en la mano) te aplique la correspondiente sanción.
¿Eso significa que en España no se puede dormir por libre? No, sigue leyendo.
Estacionar: la opción que te evitará problemas
¿Qué es estacionar? ¡La solución a este problema! Si vas con tu furgo a un sitio y aparcas sin hacer nada de lo anterior, tu vehículo y tú estaréis bajo la legislación de tráfico (de ámbito nacional y de obligado cumplimiento, incluso aunque haya una normativa municipal que vaya en contra de ella).
Es decir: puedes aparcar por libre tranquilamente. Solo tienes que asegurarte de que no hay señalización impidiendo estacionar en el lugar y no hacer nada de lo anterior: sacar sillas, poner un toldo, verter líquidos o similares. Mucho ojo, porque hay espacios naturales muy concretos (como los Parques Nacionales) en los que está prohibido aparcar a partir de una determinada hora.
En este caso, con la ley en la mano, podrás pasar la noche donde te apetezca. La instrucción 08/V-74 de la Dirección General de Tráfico lo dice muy claro: si se está estacionado, es irrelevante que en el interior haya gente durmiendo o no. Pernoctar no es un delito.
Dormir por libre en España
¿De dónde viene toda esta polémica? En realidad, entendemos a ambas partes. Por un lado, los furgoneteros nos sentimos en muchas ocasiones perseguidos: vas a un sitio en medio de la nada, no molestas a nadie y de repente aparece un policía para echarte. ¡Menuda faena!
Por otro lado, entendemos que hay mucho furgonetero que mete ruido o que deja el lugar hecho un asco. ¡A esos hay que perseguirlos! Eso sí, no nos parece bien que un propietario de un camping avise a un policía para echar a una furgoneta que está correctamente estacionada y sin vulnerar ninguna ley.
Debido al auge que viven los viajes en furgoneta y autocaravana, estamos ante un tema bastante calentito. Hay muchos sitios en los que no os sentiréis bienvenidos por ir con furgo y querer dormir por libre, pero no tenéis nada que temer si estacionáis (otro tema es si acampáis).
Eso sí, hay que tener sentido común. Ya sabemos que Spain is different y que, incluso con la ley en la mano, os podéis volver a casa con una multa bien calentita. Por eso, en la siguiente sección os hemos dejado unos cuantos consejos para evitar problemas.
Consejos para no meterte en jaleos
El primero, es evidente: evita los problemas. Si vas a un sitio que está lleno de carteles diciendo que no hay que aparcar furgonetas o has leído en foros que la policía da problemas, lo mejor es evitarlo. Porque sí, la ley está de tu parte, pero si te ponen una multa tendrás que reclamar para quitártela (y eso es un lío).
Nosotros, cuando estamos por ahí, seguimos una serie de pequeñas normas que han hecho que nunca tengamos problemas. Siempre partimos de lo que leemos en Park 4 Night, una app en la que viajeros que han pasado por la zona te dicen dónde dormir y te cuentan experiencias recientes.
Si no tuvieras acceso a esa información, lo mejor es buscar lugares apartados. Si estás en un pueblo, evita dejar la furgo al lado de una casa habitada y si es posible vete a las afueras. Aparcamientos de ermitas o cementerios suelen ser un lugar tranquilo, aunque entendemos que hay mucha gente a la que no le gusta dormir tan cerquita de la parca.
Por otro lado, si ves furgonetas ya estacionadas es buena señal. Primero, porque si viene un policía que se pasa de listo podréis hacer causa común. Y segundo, porque normalmente la gente estaciona donde sabe que no va a armar problemas.
Para terminar, os recomendamos evitar los lugares súper concurridos: sitios en los que se hace botellón, aparcamientos de playa, etcétera.
Documentación que siempre deberías tener a mano
En ocasiones, aunque lo hagáis todo bien, os enfrentaréis a situaciones desagradables. La más típica es que haya un camping por la zona dedicándose a llamar a la policía para echar a los furgoneteros de los lugares en los que están estacionados.
Como os hemos dicho, si estáis estacionados no estáis cometiendo un delito. La Instrucción 08/V-74 de la DGT es muy clara en ese sentido, tanto que incluso hay por ahí circulando una carta entre la Dirección General de Tráfico y la Federación Española de Asociaciones Autocaravanistas confirmando que esa normativa es de obligado cumplimiento por las entidades locales.
Aun así, os podéis encontrar con un policía que no conozca esa norma. Aquí os dejamos el enlace a ella (y a la carta), los cuales os recomendamos imprimir y llevar siempre en la guantera: